Recientemente, han habido significativas modificaciones legislativas que afectan la formación profesional, donde el legislador ha impuesto a los empleadores una mayor transparencia, especialmente hacia los nuevos empleados. A continuación, se presentan los aspectos más relevantes que deben ser considerados en el ámbito de la formación profesional durante 2026:
Informes previos
Los derechos y condiciones referentes a la formación profesional proporcionada por el empleador deben ser objeto de un informe previo que el empleador tiene la obligación de presentar al candidato que se está contratando. Esto lo establece la Ley 283/2026, que realizó cambios en octubre de 2026 al Código del Trabajo. En caso de incumplimiento de esta obligación y si la información no es completa, el empleado puede presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo y solicitar incluso indemnizaciones.
Reglamento interno
El reglamento interno de la empresa deberá incluir obligatoriamente información sobre la política general de formación de los empleados, si es que existe.
Todos los empleadores deben asegurar la formación profesional
La frecuencia con la que se debe cumplir esta obligación varía en función del número de empleados. Los empleadores con menos de 21 trabajadores están obligados a proporcionar acceso a programas de formación profesional al menos una vez cada tres años. Para aquellos que cuentan con 21 o más empleados, se debe garantizar la formación a cada trabajador en un intervalo máximo de dos años.
Obligación de contar con un plan de formación profesional
Los empleadores que tienen más de 20 empleados deben elaborar y aplicar planes de formación profesional anualmente, con la consulta de los sindicatos o de los representantes de los empleados. En caso de existir un contrato colectivo, el plan de formación deberá anexarse al mismo. En cualquier caso, ya sea que existe o no un contrato colectivo de trabajo, los empleados deben ser informados sobre el contenido de este documento.
El empleado puede rechazar participar en un programa de formación profesional
Si el empleador condiciona la participación en los programas de formación a la firma de un acuerdo adicional que obligue al empleado a no terminar su contrato de trabajo durante un periodo determinado, y si dicho periodo no es razonable o los costos a asumir son desproporcionados, el trabajador tiene el derecho de negarse a participar en la formación profesional.
Los empleados tienen derecho a solicitar una licencia pagada para formación profesional
Si el empleador no cumple con la obligación de garantizar la formación profesional, los empleados pueden solicitar una licencia pagada de hasta 10 días laborables o 80 horas para recibir formación. Según el artículo 157 del Código del Trabajo, si el empleador no cumple con su parte en relación a la formación profesional, el trabajador puede optar por un curso de formación profesional a su iniciativa y costo, independientemente de la relación con el campo de actividad del empleador o del puesto que ocupa, y el empleador deberá cubrir la remuneración correspondiente a la licencia de formación profesional, la cual debe ser igual a la estipulada para las vacaciones anuales.
El tiempo que el empleado pase en licencia de formación pagada debe ser acordado con el empleador. La solicitud de la licencia debe presentarse al menos con un mes de antelación a su realización y debe incluir detalles sobre la fecha de inicio del curso, el área de formación, la duración y el nombre de la institución que lo imparte.
La formación profesional también puede llevarse a cabo internamente en la empresa, no solo a través de terceros
El Código del Trabajo permite que empleadores y empleados elijan el tipo de formación que desean seguir; sin embargo, es importante destacar que la formación organizada por el empleador no se puede realizar en cualquier circunstancia. No todos los conocimientos que adquiera el empleado en la empresa se consideran formación profesional tal como se entiende en el Código del Trabajo, y no se puede simplemente cumplir con la obligación de formación profesional por el hecho de impartir conocimientos. Si el empleador desea ofrecer formación interna, debe seguir todos los procedimientos legales, incluida la obtención de la autorización para llevar a cabo esta formación.
Cláusula sobre formación profesional
Los empleadores pueden exigir que los empleados en los que han invertido en formación profesional permanezcan en la empresa durante un periodo determinado. De no hacerlo, pueden estar obligados a reembolsar los costos de su formación.
El Código del Trabajo establece lo siguiente:
- Los empleados que se beneficien de un curso o programa de formación profesional, a iniciativa y costo del empleador, no podrán iniciar la rescisión del contrato de trabajo durante un tiempo determinado establecido mediante un acta adicional. El incumplimiento de esta obligación conlleva que el empleado deberá reembolsar todos los gastos relacionados con su formación profesional, proporcionalmente al tiempo que no trabajó durante el periodo estipulado en el acta adicional. Esta disposición también se aplica a aquellos despedidos de forma disciplinaria;
- La duración de la obligación del empleado de trabajar en beneficio del empleador que cubrió los gastos de su formación, así como cualquier otro aspecto relacionado con las obligaciones del empleado después de la formación, se determinará mediante un acta adicional al contrato de trabajo.
Regimen fiscal
Al cumplir con la obligación de proporcionar a sus empleados acceso a la formación profesional periódica, el Código Fiscal prevé un régimen fiscal preferencial, ya que estos gastos no están sujetos a impuestos ni se incluyen en la base de cálculo para las contribuciones a la seguridad social ni a la de salud. Sin embargo, es fundamental que la formación esté relacionada con la actividad del empleado y que el gasto esté claramente registrado a nombre de la empresa.
¿Puede un empleado en licencia de maternidad participar en programas de formación profesional?
Los empleados tienen el derecho de acceder a la formación profesional incluso durante la suspensión de su contrato de trabajo, siempre que haya un acuerdo previo de ambas partes. La firma de cualquier acuerdo adicional conforme a lo estipulado en el artículo 198 del Código del Trabajo no puede darse, ya que es imposible modificar las condiciones del contrato durante su suspensión. Especificando, si este derecho no estaba previsto antes de la suspensión, no podrá ser ejercido o exigido.
Aclaración para funcionarios públicos – el tiempo de formación se considera tiempo laboral
La Ley 283/2026 introdujo una aclaración en torno al tiempo que los funcionarios públicos pasan en formación profesional, indicando que estos períodos se consideran como tiempo de trabajo y, siempre que sea posible, deberían desarrollarse durante el horario laboral.
Fuente de la imagen – www.freepik.com
Formación profesional en 2026. Aspectos clave.2026-01-062026-02-04https://www.lugera.ro/blog/wp-content/uploads/2026/10/logo-top-white02.pngLugera The People Republic’s Bloghttps://www.lugera.ro/blog/wp-content/uploads/2026/02/boss-businessman-holding-papers-hands-smiling-young-team-coworkers-making-great-business-discussion-modern-coworking-office-scaled.jpg200px200px
latest posts published
Consejos para el currículum en un cambio de carrera
15 preguntas que hacer en una entrevista de trabajo y 5 que debes evitar
Asistente Ejecutivo del Gerente de Oficina
Cómo escribir una carta de presentación efectiva.
Días festivos 2026: cuántos días libres legales caen en la semana
Consejos para mejorar tu currículum y conseguir más entrevistas
Cómo prepararse para una entrevista de trabajo
Principales razones para actualizar tu currículum mientras estás empleado
Consejos para la búsqueda de empleo en la temporada navideña
